202007.01
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RESOLUCIÓN GENERAL AFIP 4751/2020 “ATP” – EMPRESAS QUE INICIARON ACTIVIDADES ENTRE ENERO Y ABRIL DE 2019

A través de la Resolución General AFIP 4751/2020 publicada en el B.O de fecha 01/07/2020, se dispuso la reapertura de la inscripción al PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN (ATP) para que las empresas que iniciaron sus actividades entre Enero y Abril de 2019, y que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de Junio puedan acceder al beneficio devengado en el mes de Mayo de 2020.

El plazo para aplicar al beneficio se establece desde el día miércoles 1 de Julio de 2020 (fecha de entrada en vigencia de la presente) y hasta el viernes 3 de Julio 2020, inclusive.

A tal fin se evaluará la variación de la facturación comparando el mes de Abril de 2020 con el mes de Diciembre de 2019.

Todas las empresas interesadas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores.